El Tribunal Supremo sienta en el banquillo al Fiscal General del Estado.

El Tribunal Supremo ha emitido esta mañana el auto que da inicio al juicio oral contra el fiscal general del Estado. Con esta decisión, Álvaro García Ortiz pasará a ser el primer titular de la Fiscalía que deba comparecer en el banquillo de los acusados en España. El jefe del Ministerio Público está acusado de un presunto delito de revelación de secretos por haber difundido información reservada relativa a la pareja de Isabel Díaz Ayuso.

El juez Hurtado ha concedido a García Ortiz un plazo de cinco días para pagar la suma de 150.000 euros, advirtiendo que, de no hacerlo, se procederá a embargar sus bienes.

Reacciones

Pilar Alegría, ministra y portavoz del Ejecutivo, ha afirmado que el Gobierno «respeta las decisiones judiciales» y, acto seguido, ha subrayado que «este Gobierno sigue confiando en el fiscal general del Estado y en su inocencia». Así, aunque el Ejecutivo declara acatar a la Justicia, al mismo tiempo actúa como juez al proclamar la no culpabilidad de García Ortiz.

Por su parte, el líder de la oposición y presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, ha advirtido que «si el PSOE no reclama la dimisión de Álvaro García Ortiz, será cómplice de su llegada al banquillo».

Los acontecimientos que sitúan a García Ortiz en el banquillo se remontan al 14 de marzo de 2024, cuando la Fiscalía difundió una nota de prensa para desmentir lo que calificaba de bulo, en referencia a la información publicada la noche anterior que apuntaba a un supuesto ofrecimiento de pacto a González Amador por parte del Ministerio Público.

El juez descarta apartar de manera provisional a García Ortiz.

El magistrado ha rechazado la solicitud presentada por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) para suspender cautelarmente de sus funciones al fiscal general, aunque ha remitido su resolución a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado para que, en su caso, adopte las medidas oportunas y le comunique lo decidido. El instructor recuerda que este tribunal ya se pronunció sobre esa suspensión en un auto dictado el pasado 25 de noviembre, en el que se señalaba que la petición de la APIF tropezaba con un «obstáculo insalvable», aludiendo a lo establecido en el artículo 4.2 del Código Civil.

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